Grietas y descalificaciones

A diferencia de los días en que alegó la querella y la fiscalía, en esta ocasión todos los imputados estuvieron presentes, la mayoría de ellos atentos y anotando todo en sus cuadernos, incluso Menéndez que nunca lo había hecho.
En una jornada cargada de expectativas para conocer la estrategia defensiva de los imputados no hubo ninguna sorpresa. Los defensores repitieron sus descalificaciones a los testigos sobrevivientes de La Perla y efectuaron una pobre interpretación del derecho internacional.
Lo más llamativo fue el desempeño de la Dra. Crespi, quien a los largo del proceso se caracterizó por el respeto y la seriedad ante las víctimas del terrorismo de estado. En su alegato descalificó a varios de ellos para intentar sostener un planteo jurídico limitado rozando una reivindicación de las leyes de obediencia debida, punto final e indultos. 
El imputado Acosta tuvo su defensa personal a cargo de Jorge Agüero que marcó diferencias en la estrategia defensiva con los otros defensores.

María Mercedes Crespi
Crespi argumentó que los delitos que se investigan están prescriptos ya que la imprescriptibilidad de estos es “una costumbre internacional que no podemos aplicarla en nuestro país”, aduciendo un principio de extraterritorialidad, a contramano de los fallos ya dictados por los tribunales de nuestro país, en donde se ubica al derecho internacional como un Supra delerecho, por encima de las normativas locales.
El segundo bloque argumentativo de la letrada apuntó a los testigos, solicitando que se anulara la totalidad de la prueba aportada por ellos, focalizando específicamente en Mirta Iriondo, Carlos Beltrán y Carlos Juárez.
Cabe recordar que el testimonio de Iriondo es uno de los aportes claves de la causa, debido a que compartió el cautiverio con las víctimas y recuerda incluso un diálogo que mantuvo con Hilda Flora Palacios dentro de La Perla. El argumento de Crespi para invalidarla fue que cuando Iriondo reconoció a los imputados se refirió a Menéndez como ex general, a pesar de que aun no fue degradado. En aquella oportunidad Crespi le pidió a la testigo que aclarase por que dijo ex general, a lo que Iriondo respondió que “debió haber sido una expresión de deseo”. A partir de esto la defensora de los militares entiende que Iriondo tiene una expresa intención en el resultado de este juicio y por lo tanto su testimonio debe ser invalidado.
Argumentaciones similares expuso para anular los testimonios de Beltrán y Juárez, un ex gendarme y un ex conscriptos que confirmaron que mientras cumplían servicio conocieron el campo de concentración La Perla y a varios de sus verdugos. A Beltrán también le achacó haberse “quebrado” únicamente cuando habló de su jubilación.
Al momento de solicitar pena, Crespi, que alegó por los cinco suboficiales (Manzanelli, Vega, Díaz, Padovan y Lardone) pidió la absolución de sus defendidos, “No hay prueba que certifique la participación de ellos en los delitos investigados” y concluyó que caeríamos en un riesgo jurídico responsabilizándolos de acciones que no cometieron.
Para cerrar su intervención recalcó que el mismo Estado que hoy juzga a estos imputados, hace 25 años les otorgó protección jurídica con las leyes de obediencia debida y punto final. Ahora “se las saca y los deja desamparados incurriendo en una inseguridad jurídica”.

Adriano Liva

En su primer tramo argumentó que no existen pruebas de nada para imputar a sus defendidos, que ni Menéndez ni Rodríguez fueron jefes ni responsables de ningún aparato de poder organizado. Por el contrario responsabilizó a César Emilio Anadón, quien se suicidó cumpliendo arresto en su domicilio en el marco de esta causa y fuera el jefe del Destacamento de Inteligencia 141.
Luego de esto pasó rápidamente a cuestionar y poner en duda los dichos de los testigos, focalizando, como a lo largo de todo el juicio, en Piero Di Monte, Héctor Kunzmann y Cecilia Suzzara, todos sobrevivientes de La Perla.
En una tercera instancia abordó los pedidos de pena, entendiendo que la fiscalía y la querella solicitaron condenas “desmedidas y fuera de los establecido”.
Liva expuso una particular visión del sentido que tiene una pena, dijo que antiguamente se buscaba “penitenciar” al culpable, luego se pasó al sentido “del castigo”, posteriormente a una condena “retributiva” y en la actualidad impera el criterio de “resocialización”. En este sentido manifestó que estos imputados hace 30 años que gozan de libertad porque no fueron juzgados antes, y “han demostrado” en este tiempo ya estar resocializados, con lo cual enviarlos a una cárcel no tiene sentido.
Al defensor se lo olvidó mencionar que varios testigos, particularmente mujeres que sobrevivieron a La Perla, declararon bajo juramento, que inclusive hasta el año 1999 recibieron amenazas de estos mismos imputados que el letrado considera “resocializados”.
Continuando con este razonamiento afirmó que “incluso alguno de los imputados compartió palcos de la democracia” con autoridades políticas. Refiriendo claramente a Luciano Benjamín Menéndez. “En 30 años de buena conducta se supone que estas personas estas resocializadas de hecho”, concluyó.
Pero al igual que Crespi, el alegato de Liva reconoció la existencia de La Perla, y la participación de sus defendidos dentro del campo, dijo que si bien a Menéndez se lo vio en La Perla como lo indican los testimonios, eran “actos normales” de rutina o actos militares y que no está probado que el entonces jefe del III Cuerpo haya estado al tanto de los delitos que hoy se investigan.
Finalmente cerró la defensa solicitando también la absolución de Menéndez y Rodríguez.


Jorge Agüero
Por la tarde Agüero fue el encargado de defender al Jorge Ezequiel Acosta, ya que Cuesta Garzón no pronunció palabra. A diferencia de la defensa oficial, la de Acosta reconoce las violaciones a los DDHH cometidas durante la dictadura y la existencia de un plan sistemático de exterminio. Sólo se limitó a desligar a su defendido de las instancias de decisión de aquel aparato de poder.
Agüero expuso durante tres horas y desarrolló 12 puntos, en los cuales atacó desde la constitucionalidad del Tribunal, la prescripción de los hechos, la mala instrucción de la causa, a la fiscal Filoñuk, a los testigos y hasta los mismos imputados, diciendo que fueron ellos los que no lo dejaron “atacar a Piero di Monte”.
Arrancó discutiendo que no podía rebatir la existencia de ningún hecho porque este no existía, que no había hipótesis que probar o desmentir, “es un caso patético y paradigmático” sentenció.
En la parte más desopilante de su argumentación realizó un parangón entre la “Lista de Schindler” en alusión a la película dirigida por Steven Spielberg que cuenta la historia del empresario alemán que salvó vidas judías. Agüero alegó que Acosta lejos de participar en los secuestros y torturas salvo vidas de cautivos, llegando a poner en peligro su propia vida, mintiéndoles a sus superiores.
Al respecto dijo que Acosta “fue un joven capitán del ejército, que con sus 30 años, se subordinó a la verticalidad porque tenía miedo”.
También hizo un lugar para interpretar la implementación de los tratados internacionales en nuestro país, punto en el cual también se distanció del planteo de la defensa oficial. Sostuvo que si bien se debería aplicar, esto no es posible porque requiere de una ley de nuestro Congreso nacional que aun no existe. Con lo cual, no puede ser aplicada todavía.
En el anteúltimo punto de su argumentación hizo blanco en los testigos, descalificándolos como “servicios de inteligencia del propio ejército” y soltó una confesión: “yo he pateado el hormiguero y me gané la enemistad de unos y de otros, algunos de los acusados me sacaron a patadas porque no quieren acusar a Di Monte”.
Finalmente pidió la absolución de su defendido pero al mismo tiempo peticionó que de ser condenado debe gozar del arresto domiciliario ya que en tantos años nunca tuvo conflictos con la ley.